Responsables del exceso de peso y de la densidad de animales en los vehículos de transporte animal

PEDRO MARTÍNEZ MORENO
Gerente de Ancoporc

 

Siempre ha sido de conocimiento que las infracciones por exceso de peso eran repartidas entre cargador y
transportista, pero la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) permite eludir la responsabilidad a cualquier parte interviniente dentro del transporte siempre y cuando se justifique un desconocimiento de la causa que produjo la infracción. En su Artículo 140, punto 23, dicta:
“Cuando se exceda la masa máxima total del vehículo, la responsabilidad por la infracción corresponderá tanto al transportista como al cargador, al expedidor y al intermediario que hubiesen intervenido en el transporte o su contratación, salvo que alguno de ellos pruebe que no le resulta imputable."

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Responsabilidad del exceso de peso y de densidad de animales en el tte. animal
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