Estrategia de bienestar animal en porcino (II). Cerdas sueltas

MIGUEL ANGEL HIGUERA 
Director de Anprogapor

 

Según la Directiva 2008/120/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, que establece las normas mínimas
para la protección de los cerdos, las cerdas y las cerdas jóvenes deben mantenerse en grupos durante
un período que va desde cuatro semanas después de la cubrición hasta una semana antes del parto previsto.
El requisito de alojamiento en grupo se aplica a todas las explotaciones desde el 1 de enero de 2013. Algunos
países han dado los siguientes pasos introduciendo requisitos de alojamientos sueltos durante el periodo de
cubrición, mientras que se está trabajando en I+D en el desarrollo de sistemas de alojamiento suelto durante
el periodo de parto.

Descarga
Bienestar animal
ANPROGAPOR_186.pdf
Documento Adobe Acrobat 375.9 KB